El Ministerio Público Fiscal de Córdoba (MPF-Córdoba), difundió un comunicado con una observación conjunta de las Defensorías de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes de la Provincia, de la Nación y la Defensoría del Público de la Nación, con duras críticas al tratamiento de los medios de comunicación nacionales, provinciales y locales, del crimen de un adolescente en Laboulaye, ocurrido el 29 de junio pasado.

“En la cobertura que se ha realizado y se realiza sobre el tema, es nuestro deber hacer notar que se vulneran los derechos de los adolescentes involucrados, así como el principio ético fundamental de respeto y responsabilidad en la labor periodística, especialmente porque la víctima y el presunto agresor son personas menores de edad”, expresa el comunicado. 

En esa línea, continúa señalando que “se trata de un hecho de extrema gravedad y sobre todo excepcional, que por ello requiere de cuidados extremos y que no debería ser utilizado para inferir conclusiones o especulaciones que puedan revictimizar a las familias, a la comunidad educativa y a la comunidad adolescente, como tampoco deberían utilizarse los mismos parámetros que se usan para analizar otro tipo de delitos”.

“La comunicación nos une y nos involucra todos los días como comunidad, como adultos y como ciudadanía. Y es aquí donde reside la importancia de esforzarnos por alcanzar un tratamiento periodístico que no vulnere derechos, tomando en cuenta el respeto a la dignidad y honor de las víctimas y de todos los grupos involucrados, sin alimentar la morbosidad ni generar angustia en las audiencias, sino proporcionándoles datos y conceptos cuyo conocimiento contribuya a construir una sociedad mejor”, añade al finalizar el comunicado.

El documento con la observación conjunta de los organismos defensores de los derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y la Defensoría del Público. Foto: Ministerio Público Fiscal de Córdoba
El documento con la observación conjunta de los organismos defensores de los derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y la Defensoría del Público. Foto: Ministerio Público Fiscal de Córdoba

El crimen del adolescente de 14 años, por el que está detenido su amigo de la misma edad a disposición de la Justicia de Menores, que generó conmoción y estupor en esa ciudad, así como también en la provincia y el país, tuvo una extensa cobertura mediática.

Precisamente a esas coberturas están direccionadas las críticas y recomendaciones. Desde los organismos citados recuerdan que se trató de un hecho “de extrema gravedad y sobre todo excepcional, que por ello requiere de cuidados extremos y que no debería ser utilizado para inferir conclusiones o especulaciones que puedan revictimizar a las familias, a la comunidad educativa y a la comunidad adolescente”.

“La cobertura periodística (…) debe ser realizada con un máximo respeto, teniendo en cuenta el efecto emocional y social”, prosigue la observación conjunta entre los estamentos referidos y agrega que “no debe ser desconocido el respeto a las normas citadas, que custodian la identidad, la privacidad y la dignidad de las personas involucradas”.

Por otra parte, remarcan que generar especulaciones no resulta beneficioso, y es de gran impacto especialmente en comunidades pequeñas o medianas y muy particularmente en la comunidad educativa donde se desarrolla la vida adolescente”, al tiempo que concluye que “el derecho a la información no debe de ningún modo devenir en revictimizaciones”.

“Observamos reiteradamente el uso de lenguaje inadecuado para referirse a infancias y adolescencias, la insistencia en detalles referidos a ubicaciones y nombres que traerán tras de sí, etiquetamientos”, continúa el documento.

Más adelante, recuerda como en el tratamiento mediático de este trágico hecho, “se insiste en el uso de imágenes de la víctima, sumadas a especulaciones en torno de personalidad y vínculos, incluyendo testimonios de otras y otros jóvenes, así como también respecto del móvil y las circunstancias del hecho, tema de competencia exclusiva de la Justicia”.

Por los argumentos antes expuestos, desde las mencionadas Defensorías, instan “a un tratamiento mediático responsable, realizado de acuerdo a los criterios sobre buenas prácticas periodísticas, emanados de los organismos pertinentes, y a profundizar en adelante para éste y otros casos un tratamiento responsable”.

El extenso documento prosigue recordando que “en esos casos, se prohíbe exponer, difundir o divulgar datos, informaciones o imágenes que permitan identificarlos, directa o indirectamente, a través de cualquier medio de comunicación o publicación en contra de su voluntad y la de sus madres y padres, representantes legales o responsables”.

Consideraciones en relación con la protección especial que debe tenerse en cuenta con las Niñas, Niños y Adolescentes

• Cuando se trata de temas que suponen un alto grado de victimización y que involucran a niñas, niños y adolescentes, como son los casos de abuso, abandono, acoso, violencia (en especial de género), se debe evitar hacer relatos del “caso”, dando en cambio preferencia a hacer visible el “tema” y desarrollarlo mediante opiniones fundadas e información suficientemente chequeada. Esta es una de las mejores contribuciones que pueden realizar los medios de comunicación.

• En hechos en los que el tema coloque a las niñas, niños o adolescentes en una situación de vulnerabilidad, los medios de comunicación deben no solo preservar la identidad de los mismos y evitar las imágenes que los agravien, sino también todo dato (como el nombre de la escuela y la actividad de chicas y chicos involucrados) que pueda conducir de modo indirecto a revelar dequién se trata, todo tras el principio de Interés Superior del Niño, establecido en la Convención, en los tratados internacionales y en nuestra legislación.

• Cuando se refieran a niñas, niños o adolescentes se sugiere no utilizar el término “menores”, un modo de nominar que remite al antiguo paradigma del patronato, que consideraba a las niñas y niños como “objetos” y no como sujetos de derecho. 

 Hablar de menor implica la falsa idea de que hay dos infancias distintas y opuestas: la del menor (en condiciones “desfavorables” o conflictivas y que debe ser “objeto” de protección) y la del niño o niña (en un contexto familiar “adecuado” y “correcto” y por lo tanto fuera del sistema de asistencia tutelar). 

 El “menor” siempre es definido por sus carencias y el niño por sus virtudes. La Convención y toda la legislación argentina que modificó el sistema de protección, asume a las niñeces y adolescencias con sus capacidades progresivas; y aunque todavía persistan costumbres arraigadas en el lenguaje, es deseable que sean erradicadas.

La elección de palabras y de titulares forma parte del gran desafío diario que es transmitir sobre Niñas, Niños y Adolescentes en los medios de comunicación. Para una labor de calidad es menester profundizar en el tratamiento, citar múltiples fuentes, emplear datos estadísticos y consultar con profesionales especializados, que contribuyan a enmarcar los casos individuales en la generalidad.