La Conmebol, a través de su Comisión Disciplinaria, resolvió una durísima sanción contra Boca por los graves incidentes en los vestuarios del estadio Mineirão, luego de la eliminación contra Atlético Mineiro en los octavos de final de la Copa Libertadores. En total, ocho jugadores del Xeneize fueron sancionados. 

Diego González, Sebastián Villa, Cristian Pavón, Javier García, Carlos Izquierdoz, Marcos Rojo, Carlos Zambrano y Norberto Briasco son los futbolistas apuntados: recibieron diferentes sanciones. De ellos, Pavón y Villa fueron los más castigados: deberán cumplir con seis partidos de suspensión en torneos internacionales de Conmebol.

A su vez, en todos los casos se aplicará una multa económica, que será debitada automáticamente al club "en concepto de derechos de televisión o patrocino", según informó la Confederación a través de su fallo oficial.

Caso por caso: las sanciones que recibieron los jugadores de Boca

Diego González: Tres partidos de suspensión y una multa de 15 mil dólares.

Sebastián Villa: Seis partidos de suspensión y una multa de 30 mil dólares.

Cristian Pavón: Seis partidos de suspensión y una multa de 30 mil dólares.

Javier García: Dos partidos de suspensión y una multa de 10 mil dólares.

Carlos Izquierdoz: Cuatro partidos de suspensión y una multa de 20 mil dólares.

Marcos Rojo: Cinco partidos de suspensión y una multa de 25 mil dólares.

Norberto Briasco y Carlos Zambrano, por su parte, recibieron apenas una advertencia.

Los otros integrantes de la delegación de Boca sancionados 

Además, por los incidentes también recibieron duras sanciones Raúl Cascini y Marcelo Delgado, integrantes del Consejo de Fútbol de Boca; Leandro Somoza, quien formaba parte del cuerpo técnico de Miguel Angel Russo, y Fernando Gayoso, entrenador de arqueros.

EL FALLO DE CONMEBOL: MUY DURA SANCIÓN A BOCA POR LOS INCIDENTES ANTE ATLÉTICO MINEIRO POR LA COPA LIBERTADORES

1º. SANCIONAR al Oficial RAÚL ALFREDO CASCINI con la PROHIBICIÓN DE INGRESAR A ESTADIOS en competiciones organizadas por la CONMEBOL por un periodo de 24 (veinticuatro) meses contados a partir de la notificación de la presente decisión. Asimismo, se impone una multa de USD 30.000 (TREINTA MIL DÓLARES ESTADOUNIDENSES). El monto de esta multa será debitadoautomáticamente del monto a recibir por el CLUB ATLÉTICO BOCA JUNIORS, de la CONMEBOL en concepto de derechos de Televisión o Patrocinio.

2º. SANCIONAR al Oficial MARCELO ALEJANDRO DELGADO con la PROHIBICIÓN DE INGRESAR A ESTADIOS en competiciones organizadas por la CONMEBOL por un periodo de 24 (veinticuatro) meses contados a partir de la notificación de la presente decisión. Asimismo, se impone una multa de USD 30.000 (TREINTA MIL DÓLARES ESTADOUNIDENSES). El monto de esta multa será debitado automáticamente del monto a recibir por el CLUB ATLÉTICO BOCA JUNIORS, de la CONMEBOL en concepto de derechos de Televisión o Patrocinio.

3º. SUSPENDER al Oficial LEANDRO DANIEL SOMOZA por 6 (seis) partidos. La presente sanción se deberá cumplir conforme a lo dispuesto en los Artículos 73 y siguientes del Código Disciplinario de la CONMEBOL. Asimismo, se impone al Oficial LEANDRO DANIEL SOMOZA una multa de USD 30.000 (TREINTA MIL DÓLARES ESTADOUNIDENSES). El importe de esta multa será debitado automáticamente del monto a recibir por el CLUB ATLÉTICO BOCA JUNIORS, en concepto de derechos de Televisación o Patrocinio.

4º. SUSPENDER al Oficial FERNANDO GUSTAVO GAYOSO por 3 (tres) partidos. La presente sanciónse deberá cumplir conforme a lo dispuesto en los Artículos 73 y siguientes del Código Disciplinariode la CONMEBOL. Asimismo, se impone al Oficial FERNANDO GUSTAVO GAYOSO una multa de USD15.000 (QUINCE MIL DÓLARES ESTADOUNIDENSES). El importe de esta multa será debitado automáticamente del monto a recibir por el CLUB ATLÉTICO BOCA JUNIORS, en concepto de derechos de Televisación o Patrocinio.

NOTIFICAR al CLUB ATLÉTICO BOCA JUNIORS y a los Señores RAÚL ALFREDO CASCINI, MARCELO ALEJANDRO DELGADO, LEANDRO DANIEL SOMOZA, FERNANDO GUSTAVO GAYOSO, DIEGO HERNÁN GONZALEZ, SEBASTIAN VILLA CANO, CRISTIAN DAVID PAVÓN, JAVIER HERNÁN GARCIA, CARLOS ROBERTO IZQUIERDOZ, FAUSTINO MARCOS ROJO, CARLOS AUGUSTO ZAMBRANO, NORBERTO ALEJANDRO BRIASCO. Contra esta decisión cabe recurso ante la Comisión de Apelaciones de la CONMEBOL en el plazo de 7 (siete) días corridos desde el día siguiente a la notificación de los fundamentos de esta decisión conforme al Artículo 67.2 del Código Disciplinario de la CONMEBOL. El recurso deberá cumplir con las formalidades exigidas en el artículo 67.4 y siguientes del Código Disciplinario de la CONMEBOL. De conformidad con el Art. 67.5 del Código Disciplinario de la CONMEBOL, la cuota de apelación de USD. 3.000 (DOLARES ESTADOUNIDENSES TRES MIL) ha de ser abonada mediante transferencia bancaria.