Los contribuyentes inscriptos en el régimen simplificado del Monotributo tienen tiempo hasta el 20 de enero para recategorizarse. 

Con una actualización de los montos del 51,1%, los contribuyentes deberán realizar la categorización de manera online. No obstante, la recategorización se realiza de manera automática si no hay cambios en los ingresos brutos, energía consumida o el local.

La recategorización procede "sólo si en los últimos 12 meses se registraron cambios en e desarrollo de la actividad, como por ejemplo, aumento o disminución de los ingresos, de los gastos de electricidad o alquiler, se deberá recategorizar. 

Pasos a seguir

1. Ingresar al sitio de monotributo de AFIP con el número de CUIL y clave fiscal.

2. Hacer clic en la opción Recategorizarme.

3. Observar los datos sobre facturación, energía consumida, locales, etc.

4. Ingresar monto facturado de los últimos doce meses y modificar, si hace falta, los datos ingresados.