Hoy comienzan a regir los cambios dispuestos para la compra de dólares por el Banco Central de la República Argentina (BCRA).

Desde este lunes, quienes compren la moneda extranjera deberán presentar una declaración jurada en la que acrediten no haber operado en contado con liquidación o MEP en los últimos noventa días.

El organismo estableció a través de la comunicación "A" 7030, que las personas humanas que quieran acceder al cupo de moneda extranjera permitido por mes, tendrá que presentar una declaración jurada, al igual que sucede con las empresas.

Los ahorristas deberán dejar constancia de que "en el día en que solicita el acceso al mercado y en los 90 días corridos anteriores no ha concertado ventas de títulos valores con liquidación en moneda extranjera o transferencias de los mismos a entidades depositarias del exterior".

También se deberá comprometer a no concretar ese tipo de operaciones "por los 90 días corridos subsiguientes".

Desde el BCRA advirtieron que se trata de un proceso "muy sencillo" que las entidades financieras ya tienen instrumentado en el "homebanking".

La autoridad monetaria también dispuso que las empresas que tengan dólares fuera del país deberán utilizar esos fondos para hacer frente al pago de sus compromisos en el exterior, mientras anunció nuevas restricciones para el acceso de las compañías al Mercado Único y Libre de Cambios.

El presidente del Banco Central, Miguel Pesce, anticipó que espera "liberar más el mercado" una vez que la Argentina llegue a un acuerdo con los acreedores por la deuda.