Tarifas

Recientemente, la Secretaría de Energía anunció detalles de la actualización de tarifas y el nuevo esquema de subsidios al consumo de electricidad, que incluye la segmentación según los ingresos de los usuarios, con una diferencia de acuerdo a la región del país y un tope de referencia para incentivar la eficiencia y el ahorro energético.

Usuarios de "altos ingresos" y aquellos que no se anotaron en el formulario de segmentación: 20% de aumento.

Usuarios de "medios ingresos": no se aplicará aumento, pero sí habrá tope de consumo que será hasta 400kWh mensual por hogar. Superado el tope, el excedente se cobrará sin subsidios.

Usuarios de "ingresos bajos" y/o tarifa social: se mantiene subsidio, no sufre cambios.

En el caso del gas, lo que se conoce hasta el momento es que también habrá topes de consumo, con diferencias según zonas geográficas. El Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas) llamará a una nueva audiencia pública en los próximos días para validar legalmente el traslado del precio mayorista en el Punto de Ingreso al Sistema de Transporte (PIST) a las tarifas. Será entre mediados y fines de septiembre.

En el caso del agua, según lo dispuesto por la Resolución 91/2022 publicada en junio último el aumento del 10% recién se hará efectivo a partir de octubre.

Expensas

Tras la presentación de la Secretaría de Energía del nuevo esquema de tarifas, el Gobierno informó que sucederá con los consorcios que hasta ahora reciben asistencia estatal en el monto total de las boletas. En ese marco, el Subsecretario de Energía Eléctrica, Santiago Yanotti, confirmó que habrá una quita total de subsidios, lo que ocasionará un nuevo impacto al bolsillo a través del pago de las expensas. Sin embargo, no es el único aumento que sufrirán inquilinos y propietarios.

Flavia Royón, Secretaría de Energía fue consultada sobre cómo van a quedar los subsidios para las partes comunes de los edificios de consorcios y confirmó que la quita será total en tres tramos al igual que en los comercios: “En la primera etapa se les va a retirar el 20%”. “En el segmento generales estamos contemplando excepciones como comedores, pero no edificios”, explicó. La quita será absorbida por todo el consorcio y su traslado se verá reflejado en las expensas que paga cada usuario, ya sea inquilino o propietario.

Este aumento se suma a otro que sufrirán los inquilinos y propietarios. El Sindicato Único de Trabajadores de Edificios de Renta Horizontal (Suterh), que lidera Víctor Santa María, logró un súper bono de $134.000 que se pagará en siete cuotas consecutivas que ya se comenzó a pagar este mes. El aumento, ya homologado por el Ministerio de Trabajo, beneficiará a unos 80.000 porteros con un impacto que ya se sintieron en las expensas de entre 6 y 10% según las características del edificio.

Alquileres

La Ley de Alquileres vigente establece que los aumentos de los contratos se rigen por ajustes anuales. Por este motivo, los inquilinos que firmaron un contrato en septiembre del 2021, percibirán el próximo mes un aumento de alrededor del 60%, muy similar a lo que fue en agosto 2022.

De esta manera, una persona que, por ejemplo, pagó $50.000 en los últimos 12 meses (período de septiembre de 2021 a septiembre de 2022), comenzaría a pagar $82.333 desde el mes que viene.

Para calcular el aumento del precio del alquiler, tanto los propietarios como los inquilinos pueden consultar el Índice de Contratos de Locación (ICL) que publica todos los días el BCRA en su sitio oficial.

Este indicador contempla la variación de la inflación (según el IPC que mide el INDEC) y los salarios, de acuerdo con la remuneración promedio de los trabajadores estables (Ripte). Para aplicar el ajuste en base al ICL, se debe utilizar una fórmula teniendo en cuenta el valor de dos fechas: la del inicio del contrato y en la que se hará el aumento.

El índice se puede consultar ingresando en http://bcra.gob.ar/, luego hacer click en la pestaña “estadísticas” y después en “principales variables”. La opción "ICL" se encuentra en el final de la extensa lista que se despliega.

El usuario deberá seleccionar las fechas de inicio y finalización del período que se quiere consultar. Primero se debe colocar la fecha en la que se firmó el contrato, para saber cuál era el índice en ese momento, y en la que se hará el ajuste.

Luego, tomar el precio actual del alquiler y dividirlo por el valor del índice con fecha de inicio del contrato. Por último, se debe multiplicar ese monto por el índice de la fecha en la que cambia la cifra del alquiler.

En conclusión, la fórmula que se debe aplicar es el total del alquiler dividido por el índice con fecha de cuando se firmó el contrato, multiplicado por el índice del día en que se aplica el aumento sobre el mismo. Ese valor que arroje será el importe del alquiler que el inquilino deberá abonar durante todo el año.

Fuente: Ámbito