En el medio del alerta por el coronavirus, este jueves, por medio de un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU), el gobierno nacional decidió suspender por 30 días el arribo de vuelos de países de riesgo: Europa, Estados Unidos, China, Corea, Japón e Irán.

La medida lleva la firma del presidente Alberto Fernández. 

Esta medida también obliga a permanecer en cuarentena durante catorce días a quienes regresen al país después de visitar un país de contagio de coronavirus​.

Además, se declaró la emergencia sanitaria en todo el país por un año. 

“Amplíase la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley N° 27.541, en virtud de la Pandemia declarada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) en relación con el coronavirus COVID-19, por el plazo de UN (1) año a partir de la entrada en vigencia del presente decreto, el que podrá ser prorrogado en caso de persistir la situación epidemiológica”, sostiene el primer artículo.

El decreto también faculta al Ministerio de Salud como la autoridad de aplicación. 

Así le permite a esta cartera “disponer las recomendaciones y medidas a adoptar respecto de la situación epidemiológica, a fin de mitigar el impacto sanitario”; “difundir en medios de comunicación masiva y a través de los espacios publicitarios gratuitos asignados a tal fin en los términos del artículo 76 de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual N° 26.522, las medidas sanitarias que se adopten”; “realizar campañas educativas y de difusión para brindar información a la comunidad”; “recomendar restricciones de viajes desde o hacia las zonas afectadas”, entre otras cosas.

Esta medida de gobierno habilita, además, al Ministerio de Salud a convocar a proveedores del Estado a realizar compras fuera de los plazos previstos por la ley de Contrataciones y sin necesidad de licitación previa.

Nota en desarrollo.