El Sueldo Anual Complementario (SAC) se abona en dos cuotas anuales que se liquidan en los meses de junio y diciembre.

La primera cuota de este año debe abonarse, de acuerdo a lo que indica la ley 27.073, antes del 30 de junio. Sin embargo existe la posibilidad de que se pueda extender el pago hasta cuatro días hábiles posteriores a esa fecha.

De este modo, los trabajadores formales en relación de dependencia deberían percibir el SAC no más allá de lunes 6 de Julio.

Pandemia

Este año puede haber algunas particularidades con relación al pago, devenidas de la crisis económica generada por la cuarentena ya que muchas empresas aseguran que no podrán cumplir con la obligación de manera completa.

En ese sentido, el Gobierno anunció esta mañana que para el caso de los empleados públicos el medio aguinaldo se abonará en cuotas cuando el monto del beneficio supere los 80 mil pesos en bruto.

Cómo calcular el monto correcto

La Ley de Contrato de Trabajo 20.744, establece que el SAC debe ser equivalente al 50% de “la mayor remuneración mensual devengada en todo concepto” durante cada semestre.

Para el caso de la primera cuota que se abona este mes, se deben tomar en cuenta los salarios percibidos entre enero y junio. El cálculo debe contener el salario básico más las horas extras y todos los conceptos que se hayan percibido en cada liquidación.

Salarios variables

En el caso de quienes tienen sueldos variables, es necesario esperar al cierre del mes de junio para poder recién allí determinar la mejor remuneración para realizar el cálculo del SAC.

Prorrateos

Para los trabajadores que no hayan estado en actividad el semestre completo, se debe aplicar una fórmula para poder calcular el prorrateo exacto de SAC que le corresponde.

En ese caso, se debe multiplicar el aguinaldo por la cantidad de días trabajados y luego dividirlo por 180 que corresponde a la cantidad de días del semestre.