El Presidente y Guzmán anunciaron el Régimen de Acceso a Divisas para Producción Incremental de Hidrocarburos, que apunta a generar certidumbre e incentivos para fomentar las inversiones y el incremento de la producción del sector en la Argentina

Es una medida clave para incrementar la escala de producción y utilizar la nueva capacidad de transporte que generará el Gasoducto Néstor Kirchner y las obras de infraestructura privadas

Apunta a resolver limitantes y cuellos de botella del sector:

* facilitando que las compañías accedan a equipos especiales para obtener producción incremental
* garantizando nuevas normas cambiarias para permitir un incremento de la Inversión Extranjera Directa en el sector
* impulsando un mayor valor agregado nacional en la producción hidrocarburífera, y promoviendo un crecimiento federal de la inversión sectorial

El Decreto determina la creación de un Régimen Acceso a Divisas para la Producción incremental de Petróleo (RADPIP); un Régimen Acceso a Divisas para la Producción incremental de Gas Natural (RADPIGN); y un Régimen de Promoción del Empleo, el Trabajo y del Desarrollo de Proveedores Regionales y Nacionales de la Industria Hidrocarburífera (RPEPNIH)

Permitirá destrabar las inversiones de upstream claves para el desarrollo del sector

Posibilitará la producción de gas natural requerida para abastecer el Gasoducto Néstor Kirchner una vez finalizada la obra

Impulsará la producción incremental de petróleo para abastecimiento del mercado interno, la sustitución de importaciones y la generación de saldos exportables, fortaleciendo así la resiliencia de la balanza pagos y la capacidad de crecimiento de la economía argentina

La soberanía hidorcarburífera que promueve este decreto permitirá, además, mejorar consistentemente las cuentas públicas vía reducción de subsidios energéticos

En la norma, se define como producción (inyección) incremental de petróleo (gas natural) a la diferencia entre la producción efectiva de los últimos 12 meses y la Línea Base definida como el volumen obtenido por cada empresa en 2021.

Luego, se establece como Volumen de Producción Incremental Beneficiado (VPIB) y Volumen de Inyección Incremental Beneficiado (VIIB) al 20% de la producción incremental de crudo y al 30% de la producción incremental de gas natural que haya obtenido cada beneficiario.

Además, se obtendrán porcentajes adicionales por la cobertura del mercado interno, la reversión del declino técnico, la producción incremental en pozos de baja productividad, la contratación de empresas locales de servicios especiales y la inversión

Los beneficiarios tendrán el derecho al acceso al Mercado Libre de Cambios, por un monto equivalente a su VPIB y/o VIIB, según corresponda, valuado a precio de exportación neto de derechos y primas que correspondan. El acceso a divisas podrá ser destinado al pago de capital e intereses de pasivos comerciales o financieros con el exterior, incluyendo pasivos con empresas vinculadas no residentes, y/o utilidades y dividendos, y/o repatriación de inversiones directas de no residentes.

Este derecho podrá transferirse total o parcialmente a proveedores directos del beneficiario para los mismos fines disponibles para la operadora. 

Con el Gasoducto Néstor Kirchner (impulsado por el decreto 76/2022), las distintas obras de infraestructura incorporadas en el Plan Transportar del gobierno nacional y esta normativa en materia de divisas, se cumple con un conjunto de requisitos clave para obtener, de aquí a 2026, los siguientes resultados para el sector: 71,2% de incremento en la producción de petróleo, 30% en la producción de gas por día, hasta 18.000 millones de dólares anuales provenientes de las mayores exportaciones, hasta 40% de reducción de subsidios a la energía eléctrica gracias al Plan Transport.Ar.