La Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES), confirmó este miércoles que la movilidad para junio, que comprende el segundo trimestre de 2021, será del 12,12%.

La medida fue oficializada mediante la Resolución 105/2021, publicada este miércoles en el Boletín Oficial.

“Establécese que el valor de la movilidad prevista en el artículo 32 de la Ley N° 24.241 y sus modificatorias, correspondiente al mes de junio de 2021, es de 12,12%”, indica el artículo primero del documento que lleva la firma de la Directora Ejecutiva de ANSES, Maria Fernanda Raverta.

“La ley N° 27.160 dispone que el cálculo del índice de la movilidad de los montos de las asignaciones familiares y universales, como así también de los rangos de ingresos del grupo familiar previstos en la Ley N° 24.714, sus normas complementarias y modificatorias, con excepción de la establecida en el inciso e) del artículo 6° de la misma, se realizará conforme a lo previsto por el artículo 32 de la Ley N° 24.241 y sus modificatorias”, indica la resolución entre sus fundamentos.

Movilidad

Según la ley 27.609 sancionada en diciembre de 2020 por el Congreso de la Nación, se aprobó el nuevo Índice de Movilidad Jubilatoria que establece una fórmula de actualización de haberes que tiene como objetivo recuperar la capacidad de compra de los ingresos de las personas jubiladas y pensionadas, así como de las y los destinatarios de asignaciones familiares.

La actual fórmula otorgará cuatro aumentos al año, en los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre. Su cálculo se basa en la variación de los salarios, los recursos de ANSES, tributarios y totales, y la evolución de los beneficios del organismo.

Los tres componentes buscan garantizar que las personas mayores y las niñas y niños del país sean partícipes del crecimiento real de la economía, otorgando dignidad y previsibilidad a su cobertura de seguridad social”, indica la página oficial de la ANSES.