El Juzgado de Competencia Múltiple de la ciudad de Arroyito no autorizó a un progenitor a presenciar el nacimiento su hija, conocerla y colaborar con su asistencia y cuidado, mientras dure la medida de aislamiento social, preventivo y obligatorio.

La medida fue tomada por el juez Gonzalo Martínez Demo, quién consideró que el hombre no está cumpliendo el aislamiento, sino que mantiene contacto cercano con muchas personas diariamente porque maneja un remis.

Para el magistrado, la situación laboral del padre de la niña “eleva los riesgos para la salud de la madre y la bebé”.

“La decisión puede parecer insensible, injustificada e irreflexiva; sin embargo, es todo lo contrario. Es en estos momentos cuando ambos padres deben extremar los recaudos y cumplir todas las medidas sanitarias preventivas impuestas por la autoridad a fin de resguardar la integridad de la madre y, en especial, de esta la nueva ‘personita’ que vendrá al mundo, totalmente indefensa, y en un escenario de salud pública que le resulta adverso y hostil”, aseguró el juez en su resolución.

Martínez Demo agregó además que resulta necesario “preservar, de manera primordial, la salud y tranquilidad de la madre y de su bebé, en estos primeros días de vida” que pueden ser sumamente complejos para ambas.

En ese sentido, es importante mencionar que el progenitor había sido denunciado por violencia familiar por su expareja.

El decreto también subraya que la mujer –que no convive con el padre de la niña- ha cumplido el aislamiento durante su embarazo y cuenta con la colaboración material y afectiva de su propia madre, la abuela de la niña, quien estará presente durante el parto y cuando retorne a su hogar, por lo que esa asistencia ya se encuentra cubierta.

Por todo ello, el magistrado dispuso que, una vez producido el nacimiento y luego de que ambas obtengan el alta médica, el progenitor podrá coordinar con la abuela de la bebé la realización de videoconferencias, “en horarios diurnos y prudenciales”, para pueda conocer a su hija e interiorizarse sobre su estado de salud, desarrollo y evolución.

Fuente: www.justiciacordoba.gob.ar