La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió el uso, comercialización y distribución en todo el territorio nacional de dos marcas de alcohol etílico.

La medida fue publicada hoy en el Boletín Oficial mediante la disposición 8297/2020.

“El alcohol etílico 96° Maximum Purity, de uso hospitalario, contenido Neto 500 c.c. fraccionado y distribuido por Maximum Purity, industria argentina, queda inhabilitado por estar falsamente rotulado y en consecuencia ser ilegal", indica el texto publicado.

De acuerdo a lo que detalla el documento, la firma no se encuentra entre los establecimientos habilitados para fraccionar alcohol medicinal.

"El alcohol es un producto que se utiliza sobre la piel como antiséptico o como ingrediente de formulaciones cosméticas y de higiene personal que se destinan a la sanitización de las manos, por lo cual es necesario que cumpla con los estándares de calidad y pureza establecidos por la Farmacopea Argentina para uso medicinal", indica la medida dispuesta por la Anmat.

Además, la disposición 8298/2020 de la Anmat también prohibió por carecer de registro el "Alcohol etílico 96°- uso medicinal calidad Farmacopea Argentina, cont. neto 500 ml industria argentina, lote: 362/4, vto: 04/22, Elaborado y fraccionado por Alcohol Argentina, Empresa B Certificada".

En este caso se detalló que "el rótulo del envase del producto no contiene datos de inscripción al Instituto Nacional de Vitivinicultura (INV), datos de habilitación ante Anmat, ni responsable de la elaboración y fraccionamiento".