Un hombre de 28 años que había sido detenido por robo en plena cuarentena en la ciudad de Santa Fe, fue condenado a 3 años de prisión por ese hecho. También por otros delitos cometidos el año pasado. Pero, la novedad, es que también fue sentenciado por haber incumplido el aislamiento. De este modo, se convierte en el primer caso, en esa provincia, donde se penó a una persona por haber violado el artículo 205 del Código Penal.

Justamente, además del DNU que dispuso la obligatoriedad del aislamiento, dicho artículo dispone que “será reprimido con prisión de seis meses a dos años, el que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducción o propagación de una epidemia”.

El Ministerio Público de la Acusación (MPA) indicó que el condenado fue identificado como Emanuel Fabián Enriquez (28), a quien el juez Gustavo Urdiales le impuso una pena de tres años de cumplimiento condicional en el marco de un juicio abreviado.

La fiscal que investigó los hechos ilícitos, María Lucila Nuzzo, destacó que se trata de la primera condena impuesta en los tribunales provinciales por incumplir el aislamiento preventivo, social y obligatorio decretado por el Gobierno Nacional el 20 de marzo último por el avance del coronavirus.

"Enriquez fue condenado como autor de los delitos de robo y hurto calificados, encubrimiento, violación de medidas contra epidemias e incumplimiento de un mandato judicial", enumeró la fiscal.

La funcionaria destacó que "la condena fue por hechos ilícitos que Enriquez cometió en 2019, pero también por la violación del aislamiento social, preventivo y obligatorio".

"Entendemos que es la primera sentencia que se dicta en los tribunales provinciales por el incumplimiento de las medidas sanitarias dispuestas por la pandemia del coronavirus", añadió.

Enriquez fue condenado por tres hechos de robo cometidos el año pasado en la ciudad de Santo Tomé, al que se sumó un ilícito por el cual fue aprehendido el sábado pasado, para el que violentó la cuarentena obligatoria.

Fuente: Télam