El Gobierno Nacional estableció una nueva actualización del Código Alimentario Argentino (CAA), con la que se busca consignar en los rótulos de los alimentos, las leyendas “Producto o alimento Vegano” y “Producto o alimento Vegetariano”.

De esta manera, "los elaboradores e importadores que comercialicen este tipo de productos deberán acreditar previamente dicha condición ante la autoridad sanitaria competente, y aquellos alimentos que no cumplan con las condiciones necesarias, quedarán impedidos de llevar el rotulado.

De esta manera, este tipo de alimentos, tanto veganos como vegetarianos, podrán llevar esas leyendas siempre que cuenten con aval oficial, “en la cara principal del rótulo y en las proximidades de la denominación, con caracteres de buen realce, tamaño y visibilidad”.

A través de la Resolución conjunta 5/2022, publicada el martes 2 de agosto en el Boletín Oficial, ambas dependencias establecieron que la nueva normativa "tiene por objeto promover la competitividad, la generación de valor agregado, la diferenciación y la calidad de los alimentos, así como brindar acceso a la información clara y veraz para toda la población".

La nueva diferencia entre productos “veganos” y “vegetarianos”, que ahora han quedado consagradas en el Código, es que ambos tienen productos que no contienen ingredientes de origen animal, aunque en el segundo caso sí se habilita el uso de leche y sus derivados, huevos y miel.

La Comisión Nacional de Alimentos (CONAL), presidida actualmente por el secretario de Calidad en Salud del Ministerio de Salud, Alejandro Collia, estudió las medidas que se debían tomar para la nueva actualización.

En esa dirección, Collia explicó que “desde ANMAT se elevó un proyecto de regulación a nivel nacional para que se provea información clara y precisa sobre los productos elaborados únicamente con ingredientes de origen vegetal, vegano o vegetariano y luego desde la CONAL acordamos el proyecto de resolución conjunta”.

Finalmente, quedó establecido que los organismos encargados de certificar la acreditación serán la ANMAT y la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca, a través del Instituto Nacional de Alimentos junto a la Dirección de Agregado de Valor y Gestión de Calidad de la Secretaría de Alimentos, Bioeconomía y Desarrollo Regional.