A través de la resolución general 5820/2022 publicada en el Boletín Oficial, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) formalizó las modificaciones del mínimo no imponible del Impuesto a las Ganancias ($ 330.000) para empleados en relación de dependencia, mientras que quienes perciban un salario entre ese piso y los 431.988 abonarán una alícuota menor.

Quiere decir que en los dos meses que quedan de 2022, quienes hayan quedado en las escala de entre 330.000 y 421.998 brutos mensuales pagarán una alícuota menor a la  que tocaría por escala con los pisos que se mantuvieron hasta octubre, ubicada del 30% al 35%.

Pero la sorpresa es que algunos aguinaldos deberán pagar una parte del impuesto a las Ganancias, a pesar de que la ley dice lo contrario. Si una persona en el segundo semestre llega a percibir alguna suma extraordinaria, producto de alguna tarea especial o un acuerdo paritario, que implique subir el promedio de remuneración mensual por encima del piso, tendrá que pagar el impuesto por la diferencia.

Aguinaldo

La resolución establece que "los empleadores, al momento de efectuar el análisis para determinar si retienen o no el Impuesto a las Ganancias sobre el aguinaldo, deberán analizar las características de cada cuota del 2022 en forma independiente de la siguiente manera: 

-Si el monto de la remuneración o haber bruto promedio mensual del primer semestre no supera los $ 280.792, el SAC quedará exento hasta la mitad de esa suma, $ 140.396, en la primera cuota. "La retención practicada, cuando hubiese correspondido, sobre la primera cuota del SAC, no será pasible de modificación en oportunidad del pago de la segunda cuota correspondiente al período fiscal 2022", explica la resolución.

-En tanto, en la segunda, si el monto de la remuneración o haber bruto promedio mensual del segundo semestre no supera la suma de $ 330.000, el SAC quedará exento hasta la mitad ($ 165.000).