El Tribunal Superior de Justicia dispuso este jueves que el equipo médico del Hospital de Urgencias le retire el soporte vital al paciente JS quien se encuentra en estado vegetativo desde el 12 de marzo.

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El máximo cuerpo judicial de la provincia rechazó el recurso de amparo que presentó la Municipalidad de Córdoba contra la sentencia de la Cámara Contencioso-Administrativo de Segunda Nominación.

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Además el TSJ exhortó al Ministerio de Salud de la Provincia para poner en práctica un programa de capacitación sobre las garantías de la dignidad de los pacientes y evitar "ciertos procedimientos por considerarlos que sólo prolongan su vida de forma artificial”.  

En sus fundamentos los vocales hicieron referencia a al informe del el Comité Consultivo y Operativo en Prácticas Médicas y Sanitarias en Bioética del Poder Judicial (Copramesab), según el cual el Sr. J. S. no ha experimentado “cambios significativos en su estado neurológico” desde su internación.    

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Otro de los argumentos apuntó que frente a ciertas circunstancias clínicas (estado terminal o irreversible), “sea que el paciente haya tomado recaudos y haya emitido una DVA [declaración de voluntad anticipada], sea que sus representantes legales hayan reconstruido su voluntad (hipótesis de consentimiento por representación), las directivas son una orden dirigida al médico”, que debe ser cumplida y no judicializada.

En el mismo sentido los miembros del TSJ indicaron mediante el fallo que  los médicos tampoco pueden reactivar los esfuerzos si no mediara la autorización en ese sentido del propio afectado.