Tras escuchar el contenido del acuerdo por parte de la Fiscalía y la defensa y el reconocimiento del imputado, el Tribunal condenó a un hombre a la pena de 10 años y 6 meses de prisión como autor de abuso sexual gravemente ultrajante calificado por ser guardador de la víctima, por el vínculo y por la situación de convivencia preexistente, con una víctima menor de 13 años. 

La condena fue en concurso ideal con promoción a la corrupción agravada por el vínculo y por ser guardador de la víctima. 

El hecho fue cometido el 6 de enero del año pasado, en Villa General Belgrano, del departamento Calamuchita. 

Los datos del condenado se preservan para evitar la individualización de la víctima (la nieta –en su momento- de 5 años de edad).

Fuente: Villa María Ya.