En una resolución fechada el 30 de diciembre del 2020, el Tribunal Nacional Disciplinario Antidopaje dictaminó que la suspensión tras el dopaje de las hermanas Leonela y Dayana Sánchez culmina el 30 de mayo. A partir del día siguiente ambas boxeadoras, que por positivo de furosemida en febrero del año pasado fueron excluidas de la selección nacional que integraron durante 10 años, pueden volver a pelear.

Cabe recordar que las pruebas en que detectaron los resultados analíticos adversos se realizaron el 21 de noviembre del 2019, en el Cenard, en un control de rutina previo a una gira por Colombia y República Dominicana. Esas muestras de orina, hechas por un oficial de la Comisión Nacional Antidopaje (CNAD), fueron enviadas a Madrid, donde la Agencia Española de Protección a la Salud en el Deporte (AEPSAD) confirmó la presencia del diurético.

El 31 de enero del 2020, la CNAD, a través de su presidente Diego Grippo, notificó tanto a la Federación Argentina de Box (FAB) como a las boxeadoras sobre los reportes del laboratorio, y les hizo saber dos cosas: que podrían solicitar la prueba B –en un plazo no mayor a los cinco días, y con los atletas asumiendo el costo del examen: 450 euros- y que el órgano encargado de expedirse respecto de las infracciones a las normas antidopaje y sus consecuencias era (y es) el Tribunal Nacional Disciplinario Antidopaje.

Vía: A la Vera del Ring