El aumento de la inflación en lo que va del año, con la consecuente caída del poder adquisitivo de los ingresos, provocó la revisión de numerosos acuerdos paritarios que llevaron los incrementos salariales por encima del 45 por ciento. De esta manera, muchos trabajadores registrados comenzaron a superar el techo de los 150 mil pesos brutos, por lo cual empezarían a ser alcanzados por el impuesto a las ganancias, tras la sanción de la ley que los exceptuaba.

Ante esta situación, el Gobierno Nacional subiría por decreto el mínimo no imponible a por lo menos, 175 mil pesos para evitar esta situación. Esa potestad está prevista por única vez en la ley que el Congreso sancionó en el mes de abril, ya que a partir de 2022 las actualizaciones del mínimo serán automáticas y se determinarán a partir de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE), un índice que indica el porcentaje en el que tiene que reajustarse ese piso.

Según informa Ámbito, fuentes oficiales señalaron que la firma del decreto sería durante agosto y elevaría el piso de los 150 mil pesos actuales a una cifra que oscila entre los 175 y 185 mil pesos. Cabe recordar que con la aprobación de la iniciativa impulsada por el Frente de Todos en Diputados, 1.267.000 trabajadores y jubilados dejaron de pagar Ganancias y además el aguinaldo quedó exceptuado del tributo. En Córdoba, la medida benefició a más de 100 mil trabajadores.

El titular de la Cámara de Diputados, Sergio Massa reconoció la situación y sostuvo que “cada trabajador que tenga suba en la paritaria no tiene que tener miedo porque va a tener al Estado protegiéndolo de vuelta porque en septiembre tenemos una nueva actualización del mínimo no imponible de Ganancias”

El Senado sancionó en abril la reforma del Impuesto a las Ganancias. Foto: diariohoy.net
El Senado sancionó en abril la reforma del Impuesto a las Ganancias. Foto: diariohoy.net

La ley sancionada por el Congreso también incluyó una serie de deducciones que continuarán vigentes. Así, la nueva normativa vigente, excluye del pago del tributo a los plus por provisión de ropa, herramientas educativas, guarderías y bonos productivos, entre otros.

Fuente: Ámbito.com