Dos niños deberán volver a Italia y se restituido a su padre, determinó el juez especializado en materia de restitución internacional de menores de Villa Carlos Paz, Andrés Olcese.

Según la causa, la madre de los niños de 9 y 5 años vino a Córdoba con sus hijos sin autorización del padre de los niños, que reside en Reggio Emilia, Italia.

Sin embargo, la madre objetó que ella y sus hijos fueron víctimas de violencia familiar.

Además, afirmó que desde 2020 decidió separarse del hombre. Tras esto, denunció que fue sometida a “numerosas situaciones de agresión física, verbal e incluso psicológica”. También afirmó que el hombre maltrató y golpeó a sus hijos.

Durante unas vacaciones en Argentina en 2022, la mujer decidió establecerse con su actual pareja e hijos en Córdoba. Por lo cual, el padre de los hijos realizó una demanda judicial.

En la sentencia, el juez Olcese sostuvo que no se incorporaron al expediente elementos que acreditaran las circunstancias de violencia o “grave riesgo” invocadas por la madre, con el grado de verosimilitud requerido por la ley aplicable.

El magistrado advirtió que su decisión no implica resolver que los niños deberán retornar para convivir con el progenitor ni que dejen de estar bajo el cuidado de la madre. 

Por el contrario, el objetivo del Convenio es solo reestablecer la situación anterior al traslado o retención ilícita. 

La decisión se adoptó de acuerdo con lo dispuesto el “Convenio sobre los Aspectos Civiles de la Sustracción Internacional de Menores”, celebrado en 1980 por la Conferencia de La Haya, que establece un plazo de seis semanas para la resolución de la causa. En la sentencia, el magistrado valoró –entre otras cosas- que los niños habían vivido toda su vida en el municipio de Reggio Emilia, República de Italia.

A su vez, se procura no solo el regreso, sino también en que este se realice de manera segura, por lo que existen herramientas para resguardar los derechos de los niños y niñas involucrados.