Hace poco menos de una semana el Portal de Belén, mediante su apoderado Rodrigo Agrelo, presentaba en los Tribunales Federales de Río Cuarto un recurso de amparo contra le ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE).

Precisamente, el recurso argumentaba que los artículos 1, 2, 4, 5, 16 y 21 de la ley aprobada en Diciembre debían ser "nulos e inaplicables" por ir en contra de la Constitución Nacional.

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Sin embargo, desde el Juzgado de la Río Cuarto afirmaron que "no se advierten elementos que justifiquen la competencia territorial del Juzgado Federal de Río Cuarto como Capital alterna de la provincia".

Eso fue lo que determinaron en la resolución formal desde dicho juzgado. En ese mismo documento justifican que "la Asociación Portal de Belén no posee domicilio en esta ciudad (Río Cuarto)", sino en Córdoba capital.

Es por ese motivo que desde el Juzgado Federal de Río Cuarto declararon la "incompetencia territorial", así como remitieron la causa al Juzgado Federal que corresponda a de la ciudad de Córdoba en el turno solicitado.