El Gobierno dispuso a través de la Secretaría de Comercio Interior, extender los plazos previstos en las garantías contractuales y legales de productos y servicios hasta que concluya el aislamiento social, preventivo y obligatorio.

La Resolución 244/2020 publicada esta mañana en el Boletín Oficial, consigna que los proveedores de bienes y servicios "deberán informar de manera cierta, clara y detallada la suspensión de plazos de las garantías".

El texto citó el artículo 16 de la Ley de Defensa del Consumidor, que señala que el tiempo durante el cual los consumidores se ven imposibilitados de hacer uso de la garantía del bien o servicio adquirido, debe computarse como prolongación del plazo de garantía legal.

"La medida tiene gran alcance dado que la Ley de Defensa del Consumidor establece que todos los productos tienen una garantía legal", indica la resolución.-