La Corte Suprema de Justicia firmó este miércoles una acordada en donde extendió la feria extraordinaria hasta el 12 de abril en la Justicia Federal, en consonancia con la prórroga de la cuarentena por la emergencia sanitaria por el coronavirus.

La resolución lleva la firma del presidente del cuerpo, Carlos Rosenkrantz, de Juan Carlos Maqueda y Elena Highton de Nolasco, mientras que Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti no firmaron porque cumplen medidas de aislamiento, pero informaron de su conformidad.

“Esta Corte Suprema dispuso una feria extraordinaria -por razones de salud pública atento lo dispuesto en el Decreto de Necesidad Urgencia N° 297/2020- hasta el 31 de marzo de 2020 inclusive, aclarando que, eventualmente, se extenderá por igual plazo que el que el Poder Ejecutivo Nacional pudiera disponer su prórroga -en los términos de lo dispuesto en el artículo 1° del citado decreto”, se señaló.

De este modo, la Corte prorrogó “la feria extraordinaria” hasta el 12 de abril de 2020 y designó “como autoridades de feria” al juez Carlos Rosenkrantz, junto al secretario Ignacio Font como secretario de feria. Y resolvió mantener “el horario de atención al publico para los tribunales de feria de lunes viernes desde las 09:30 hasta las 13:30 horas”.

Además, le encomendaron a “los distintos tribunales nacionales federales que tengan su cargo la superintendencia de cada fuero jurisdicción que designen las autoridades de feria en el ámbito” para “atender los asuntos que no admitan demora de acuerdo los lineamientos expuestos en la Acordada nro. 6/2020”.

En aquella decisión, la Corte habilitó también el “home-office”, en la medida en que sea posible, y dispuso que para el sistema acusatorio todas las audiencias sean por videoconferencia.

También ordenó que “todos los magistrados, funcionarios de todas las instancias, fueros y jurisdicciones de la justicia nacional federal deberán permanecer disposición de lo que puedan disponer las respectivas autoridades de superintendencia”.

El máximo tribunal planteó especial consideración en las áreas penales por cuestiones vinculadas a la privación de la libertad de las personas, violencia doméstica y los delitos contra la salud pública, “fundamentalmente las conductas que contravengan en sistema normativo de prevención y mitigación dispuesto por las autoridades nacionales competentes en el marco de la presente emergencia”.