El Gobierno Nacional reglamentó la Ley de Talles que establece un sistema único normalizado de identificación de talles de indumentaria en todo el país.

Luego de más de un año y medio desde su sanción en la Cámara de Diputados, el Gobierno publicó este miércoles en el Boletín Oficial, el decreto 375/2021, reglamentario de la Ley 27.521.

El Sistema Único Normalizado de Identificación de Talles de Indumentaria (SUNITI), rige para quienes comercializan vestimenta nacional o importada, de manera presencial o por medios electrónicos e incluye vestimenta en general, calzado y uniformes de trabajo.

El objetivo de la Ley es generar "el acceso a información unívoca en materia de talles de indumentaria" y el Poder Ejecutivo determinó que "será considerado acto discriminatorio cualquier práctica abusiva, vejatoria o estigmatizante referida al aspecto físico, género, orientación sexual, identidad de género u otra característica de las consumidoras y los consumidores".

"Esta temática cobró una significativa importancia en la agenda nacional con el auge del comercio electrónico, circunstancia que se ha visto potenciada durante la pandemia del Covid-19", añadió el decreto.

REGLAMENTAN LA LEY DE TALLES

Al respecto, Solana Winzetel, empresaria e impulsora de la ley en Córdoba, destacó en Crónica Matinal de Canal 10

"Lo que nosotros necesitábamos era que se estandarizara la ley".

"Teníamos una ley provincial hace varios años y después fue nacional", recordó.

Y explicó el siguiente paso: "Ahora vamos a tener que esperar 240 días para que el INTI haga el estudio y analice la estructura de la mujer argentina para hacer el sistema único".

Cómo se establecerán los talles

En cuanto al estudio antropométrico mediante el cual se establecerán las medidas corporales estandarizadas, se dispuso que el Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI) será el encargado de realizarlo dentro del plazo de 240 días.

De acuerdo con lo dispuesto, la Secretaría de Comercio Interior será la autoridad de aplicación de la Ley y en tal carácter estará facultada para dictar las normas complementarias y/o aclaratorias que resulten necesarias para su efectiva aplicación.

Asimismo, se creó el "Consejo Técnico Consultivo del Sistema Único Normalizado de Identificación de Talles de Indumentaria", cuya función será examinar y pronunciarse, a pedido de la autoridad de aplicación, sobre cuestiones referentes a la implementación y difusión de ese sistema, sin efecto vinculante.

El Consejo "no implicará erogación adicional alguna para el Estado Nacional", aclaró el Gobierno, y puntualizó que estará conformado por representantes de la Secretaría de Comercio Interior, de las cámaras sectoriales, de organizaciones de la sociedad civil vinculadas a la temática; un representante de los profesores regulares de las Universidades Nacionales de la carrera de Diseño de Indumentaria y Diseño Textil, un representante del Ministerio de Salud, del Inadi y del INTI.

Excluidos

Los productos que no serán alcanzados por la normativa serán; la indumentaria denominada de alta costura o de diseño de autor; las prendas confeccionadas a medida y, en general, aquellas que se hayan realizado de manera personalizada a pedido de consumidoras y consumidores.

También quedan afuera de la norma los accesorios de vestir como corbatas, bufandas, pañuelos, medias, guantes y sombreros y los implementos destinados a la protección personal en tareas laborales.

Fuente: Agencia Télam