La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) y el Ministerio de Economía a través de la Secretaría de Energía pagará el próximo mes el aumento retroactivo del Programa Hogar, el beneficio que estipula un subsidio para la compra de garrafas sociales.

Sin una nueva edición del bono de $ 10.000 del Ingreso Familiar de Emergencia (IFE), la prestación, que se elevará en un 80% y pasará de $ 338 a $ 414, puede ser solicitada por personas que residan en zonas sin servicio de gas natural o que no se encuentra conectado dentro de la red de distribución domiciliaria de gas.

¿Cómo se paga?

En la zona asignada como resto del país, en las que incluye Córdoba, Santa Fe, Tucumán, Salta (entre otras) por ejemplo, para el mes de septiembre correspond el valor de 2 garrafas a $ 414 cada una, es decir $ 828.

El Programa Hogar es un subsidio directo otorgado por la Secretaría de Energía de la Nación, que garantiza el derecho y el acceso a la energía a hogares y entidades de bien público de todo el país que no cuentan con conexión a la red de gas natural por redes, al cubrir parte del precio de gas licuado de petróleo (GLP) envasado (garrafa).

Esta política de desarrollo e inclusión social creada en 2015 está destinada para sectores sociales residenciales de bajos recursos y entidades de bien público, como comedores, clubes de barrio, centros de atención infantil y comunitarios, entre otras, que no cuentan con servicio de gas natural o no están conectados a la red de distribución domiciliaria de su localidad.

Para ser parte del programa social en cuestión no solo es necesario ser parte de alguno de los dos grupos mencionados anteriormente y que también deben cumplir con ciertas condiciones.

Ningún integrante del grupo familiar puede tener un medidor de gas a su nombre.

Tener los datos personales actualizados y del grupo familiar en ANSES.

Se considerarán los ingresos del grupo familiar y se tomará aquel de mayor ingreso, el cual no debe superar 2 salarios mínimos, vitales y móviles.

Si en la vivienda reside una persona con certificado de discapacidad (CUD) emitido por autoridad competente, el mayor ingreso de los habitantes del domicilio no debe superar 3 salarios mínimos, vitales y móviles.

Si la vivienda se encuentra en La Pampa, Neuquén, Río Negro, Chubut, Santa Cruz, Tierra del Fuego o Partido de Patagones, el mayor ingreso de los habitantes del domicilio no debe superar 2,8 salarios mínimos, o hasta 4,2 salarios mínimos si en el hogar reside una persona con certificado de discapacidad (CUD) emitido por autoridad competente.