El juez de Ejecución Penal, Facundo Moyano Centeno finalmente hizo lugar a un hábeas corpus colectivo y ordenó al Servicio Penitenciario de Córdoba (SPC) que cumpla las leyes vigentes referidas al trato digno de las mujeres gestantes y que adecue los protocolos para su aplicación práctica.

De acuerdo a lo publicado por Comercio y Justicia, la sentencia prohíbe de forma explícita la colocación de esposas a las mujeres presas gestantes durante el preparto, parto y posparto, con la justificación de una posible fuga. En ese sentido, el fallo al que tuvo acceso el diario cordobés, señala que "si existiere tal peligro, la autoridad carcelaria deberá buscar otros medios razonables para prevenirlo”.

Además, ordena que se garantice a las internas en esa condición, la libre elección de la persona que quiere que la acompañe y asista durante el parto y posparto y que se garantice el derecho de permanecer con el bebé, siempre que este no necesite de cuidados especiales tras su nacimiento. 

También la sentencia ordena evitar la presencia de personal penitenciario durante el parto, como una forma de garantizar el derecho a la intimidad y la dignidad de la mujer gestante, y obliga a brindar capacitación en el proceso asistencial al personal interviniente, para prevenir y evitar la violencia obstétrica.

En la nota, destacan que en una primera instancia, Moyano Centeno no había hecho lugar al hábeas corpus colectivo presentado por la asesora letrada de 2º turno, Silvina Oliva de Mortuori, hace un año, quien ante esta situación apeló la decisión ante el Tribunal Superior de Justicia.

El recurso había sido presentado en favor de la detenida Leyla Nahir Suárez, quien cursaba un embarazo. En la presentación se detallaba que se esposaba a las internas gestantes durante los traslados, como también durante la internación, tanto en el preparto, como en el parto y en el postparto, y además no se les permitía el acceso a las personas de confianza de las detenidas en ese proceso, como tampoco recibían información sobre las prácticas médicas que les realizaban.

Todo quedó debidamente documentado con testimonios de otras internas recabados por el máximo órgano judicial provincial, quienes contaron que sufrieron esas prácticas de violencia obstétrica, por lo que el Superior Tribunal de Justicia le ordenó al juez Moyano Centeno que dictara una nueva resolución, en la que finalmente hizo lugar al pedido original.

El máximo tribunal le recriminó al juez interviniente que “más allá de que el hábeas corpus correctivo fue presentado en favor de una interna, no hubiese reencausado la acción como hábeas corpus colectivo, porque se denunciaron situaciones de violencia estructural que afectaba a una pluralidad de mujeres gestantes alojadas en las cárceles”.

Fuente: Diario Comercio y Justicia.