La Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia de Córdoba (TSJ) no admitió el recurso de casación presentado por la defensa del ex secretario de Salud provincial Pablo Carvajal, imputado por omisión de deberes de funcionario público y encubrimiento agravado en la causa del Neonatal, por considerar que no hay una impugnación objetiva. 

En ese sentido, el máximo tribunal indicó que el fallo objetado “no es una sentencia definitiva ni resulta equiparable a tal, porque no produce un agravio irreparable”. 

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Según la resolución emitida este miércoles, “el escrito impugnativo presentado por la defensa del ex funcionario no expresa qué menoscabo concreto a la garantía de defensa en juicio acarrea la decisión de no aceptar al abogado Justiniano Martínez, propuesto por el imputado como codefensor para la etapa final de la investigación penal preparatoria”, designación que produciría el apartamiento del fiscal interviniente, Raúl Garzón. 

El TSJ destacó que se trata de un proceso de características excepcionales, por la complejidad de una investigación que se encuentra en su tramo final, que recae sobre hechos que suscitan el interés social de la comunidad y del país, a raíz de los homicidios de personas recién nacidas en el Hospital Neonatal. 

Cinco bebés recién nacidos fueron asesinados y otros ocho sobrevivieron a los intentos de homicidio en el Hospital Materno Neonatal. Foto: Télam
Cinco bebés recién nacidos fueron asesinados y otros ocho sobrevivieron a los intentos de homicidio en el Hospital Materno Neonatal. Foto: Télam

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Además, el tribunal remarcó que la investigación “recayó en la persona a quien se atribuye esas muertes y en otros funcionarios de la salud pública, respecto de los cuales ya se ha decidido la elevación de la causa a juicio”.

Se destacó que Carvajal continúa bajo el patrocinio privado por él elegido, “habiéndose postergado únicamente la designación del codefensor privado propuesto, de mantera transitoria”, durante los últimos actos de la investigación penal preparatoria.

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El fallo coincide con las dos instancias judiciales previas en que “no se ha demostrado la imposibilidad de ejercer una defensa eficaz al actual defensor, por sí sólo o con otro codefensor”, hasta el juicio. 

La Sala Penal concluyó que “no se ha logrado demostrar un riesgo cierto de afectación del derecho de defensa con entidad suficiente para justificar” la impugnación del fiscal Garzón.